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SAT exhibe lista de 71 presuntas empresas factureras

La Silla Rota | Redacción | 19 de agosto del 2020

Emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios señalados en las facturas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un listado de 71 presuntas empresas factureras, las cuales se ubican dentro de acciones ilícitas previstas en el artículo 69-B, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación.
De acuerdo a datos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), autoridades fiscales detectaron que estos 71 contribuyentes emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido le notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción.

La notificación busca que los acusados puedan manifestar ante la autoridad fiscal un oficio que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.

Checa aquí el comunicado publicado en el DOF

Diario oficial de la Federación

Cada uno de los contribuyentes tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, para presentar directamente ante las oficinas de las autoridades emisoras un escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.

Se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados, se procederá a notificar la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de empresas factureras en el Diario Oficial de la Federación.

Agrega que toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.

Aquí el listado de las 71 empresas factureras exhibidas por el SAT:

 

 

Sitio web: La Silla Rota

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